Miami, FL, viernes 29 de marzo de 2024 (Por Santiago J. Padilla*). Como parte del acuerdo con un grupo de demandantes que entablaron una acción antimonopolio contra la Asociación Nacional de Agentes Inmobiliarios, ahora se requerirá que todos los agentes inmobiliarios celebren Acuerdos de Agente del Comprador con el comprador de bienes inmuebles.
Anteriormente, un agente inmobiliario podía confiar en el hecho de que la cotización en el Servicio de listado múltiple («MLS») contenía la compensación que se le pagaría al corredor, que generalmente se establecía como un porcentaje de la comisión que se le pagaría al agente inmobiliario.
Por ejemplo, si el Acuerdo de cotización exclusivo firmado por el corredor de cotización establecía que al corredor cooperador se le pagaría una comisión del tres por ciento (3%) del precio de venta, entonces la cotización en MLS así lo indicaría. Sin embargo, muchos compradores no sabían que al corredor que cooperaba se le pagaba de esa manera.
Con el acuerdo, a partir de julio de 2024, todos los agentes inmobiliarios deberán firmar un acuerdo por escrito con el comprador y ese acuerdo por escrito debe revelar la compensación del corredor del comprador, que podría ser una comisión de tarifa fija, una parte de la compensación del corredor del listado, o algún otro monto, dependiendo de las negociaciones entre el comprador y el corredor del comprador.
El acuerdo establece que el acuerdo del agente inmobiliario del comprador debe celebrarse antes de recorrer cualquier casa que esté disponible para la venta.
*Si tiene alguna pregunta sobre la ley de bienes raíces, comuníquese conmigo, Santiago J. Padilla, Esq., al 305-824-2400 o por correo electrónico a sjp@padillalawoffice.com
Foto: Santiago Padilla Law










